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BOE-A-2026-12171 ·5 de junio de 2026 ·orden Impacto medio
Subvenciones

Empresas en programas de subvenciones: 30 días para adaptar bases de datos o perder derecho a ayudas

La Orden TDF/563/2026 modifica las bases reguladoras de programas de subvenciones relacionados con datos, tecnología e investigación, específicamente el preámbulo y los artículos 1, 3, 4 y los anexos I y XI.C de la Orden TDF/1461/2023. Se exige ahora la actualización de las bases de datos de las empresas que participan en estos programas, con un plazo de 30 días desde la publicación para cumplir, de lo contrario se perderá el derecho a las ayudas (art. 1).

En 2 claves

  1. Plazo de 30 días para actualizar bases de datos o perder derecho a ayudas (art. 1)
  2. Se modifican el preámbulo y los artículos 1, 3, 4 y anexos I y XI.C de la Orden TDF/1461/2023 (art. 1)

A quién afecta

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  • Empresas que participan en programas de subvenciones por datos, tecnología o investigación

art. 1

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  • Autónomos que participen en programas de subvenciones por desarrollo tecnológico o investigación

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  • Empresas con más de 250 trabajadores que participen en programas de subvenciones

Cómo afecta a los implicados

Las empresas que participan en programas de subvenciones por datos, tecnología o investigación deben actualizar sus bases de datos dentro de 30 días, de lo contrario perderán su derecho a recibir ayudas. Los asesores de subvenciones deben revisar los plazos y verificar si sus clientes cumplen con la exigencia. Las administraciones podrán aplicar la norma sin necesidad de nuevos trámites, pero deben garantizar la transparencia en la evaluación de las solicitudes.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar bases de datos de conformidad con los nuevos requisitos art. 1 30 días desde la publicación

Línea de vida

2026-06-05PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-06Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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