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La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública establece los nuevos modelos para la presentación de las cuentas anuales consolidadas ante el Registro Mercantil. Esta resolución modifica los modelos previamente indicados en las Resoluciones de 26 de mayo de 2025 y de 8 de mayo de 2024. La medida se dicta conforme a la Orden JUS/615/2022 y la Ley 16/2007 para regular la publicidad registral de estas cuentas.
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Aplica a este perfil
ref. indice BOE
Las empresas sujetas a la obligación de publicar cuentas anuales consolidadas deberán adaptar sus procesos de presentación al nuevo formato de modelos establecido. Esto afecta directamente a la gestión de la publicidad registral y al cumplimiento de las obligaciones contables ante el Registro Mercantil. El cambio implica la sustitución de los modelos vigentes de 2024 y 2025 por los aquí definidos.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Utilizar los nuevos modelos para la presentación de cuentas anuales consolidadas en el Registro Mercantil | ref. indice BOE |
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