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Los trabajadores podrán solicitar incapacidad temporal por menopausia o violencia de género

El Gobierno ha publicado el Real Decreto-ley 31/2026, de 20 de octubre, mediante el cual se introducen reformas estructurales para la mejora de la acción protectora de la Seguridad Social en España y otras normas sociales. Esta disposición, que responde a una situación de extraordinaria y urgente necesidad, busca adaptar el sistema de protección social a las realidades sanitarias y demográficas actuales, corrigiendo disfunciones en la gestión de prestaciones y garantizando una mayor equidad en el tratamiento de situaciones de vulnerabilidad.

Que cambia

El Real Decreto-ley 31/2026 introduce modificaciones sustanciales en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social y en otras normativas clave del ordenamiento laboral. Los cambios más relevantes se agrupan en tres ejes principales:

  • Nuevos supuestos de incapacidad temporal: Se incorporan dos nuevas contingencias que permiten el reconocimiento de la incapacidad temporal. Primero, el trastorno menopáusico secundario codificado, reconociendo su impacto en la capacidad laboral. Segundo, las lesiones derivadas de la violencia de género (II), integrando una perspectiva de género en la protección de la salud de las trabajadoras.
  • Revisión de las pensiones por terrorismo: Se modifica el parámetro de referencia para el importe mínimo de las pensiones extraordinarias por actos de terrorismo. El cálculo deja de utilizar el triple del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para aplicar el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), lo que busca asegurar un nivel de protección más acorde con la realidad económica actual. Esta medida afecta tanto al régimen general como al Régimen de Clases Pasivas del Estado.
  • Mejoras en el cuidado de menores con enfermedades graves: Se permite el reconocimiento de la prestación por cuidado de menores afectados por cáncer u otras enfermedades graves incluso sin ingreso hospitalario, siempre que el tratamiento médico sea de igual intensidad. Además, se permite que ambos progenitores o cuidadores perciban la prestación de forma alternativa o simultánea, fomentando la corresponsabilidad.

Contexto

Esta norma se inserta en un proceso de actualización del sistema de previsión social para responder a transformaciones sociales que la normativa anterior no cubría de forma específica. El Real Decreto-ley 31/2026 actúa como un instrumento de reforma urgente para evitar la desprotección de colectivos vulnerables y reducir la litigiosidad en materia de prestaciones.

En términos de técnica legislativa, la norma realiza una intervención profunda en el ordenamiento jurídico, destacando las siguientes modificaciones:

  • Modifica el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015), añadiendo disposiciones y suprimiendo otras para integrar los nuevos supuestos de incapacidad temporal.
  • Modifica el Real Decreto Legislativo 2/2015 (Estatuto de los Trabajadores) para regular la reducción de jornada en el ámbito del cuidado de menores con enfermedades graves.
  • Modifica la Ley 47/2015 (Ley General Presupuestaria) con efectos a partir del 23 de octubre de 2026, respecto a los parámetros de cálculo.
  • Modifica la Ley 29/2011 en lo relativo a la protección de víctimas de violencia de género y la prestación de orfandad.

La necesidad de esta norma se justifica en la urgencia de reparar la situación de discriminación que sufrían algunas víctimas de terrorismo y en la necesidad de dar respuesta a las demandas de las familias que cuidan a menores con patologías graves, situaciones que la gestión ordinaria no había logrado cubrir con la eficacia necesaria.

A quien afecta y como

El impacto de esta norma es transversal, afectando a distintos perfiles de la población y del tejido empresarial:

Particulares y trabajadores

Este es el grupo con mayor beneficio directo. Las personas que sufran trastornos menopáusicos codificados o lesiones por violencia de género podrán acceder a la prestación por incapacidad temporal. Asimismo, las familias con menores que padezcan cáncer u otras enfermedades graves cuentan ahora con una mayor flexibilidad para organizar el cuidado, permitiendo la percepción de la prestación por ambos cuidadores. Las víctimas de terrorismo verán una mejora en el cálculo de sus pensiones extraordinarias al pasar de un índice basado en el IPREM a uno vinculado al SMI.

Autónomos

Los trabajadores por cuenta propia que se encuentren en alguno de los nuevos supuestos de incapacidad temporal (menopausia codificada o violencia de género) podrán beneficiarse de la cobertura de la Seguridad Social, garantizando su protección económica durante el periodo de baja.

Pymes y empresas

Las empresas deberán adaptar sus procesos de gestión de bajas y de recursos humanos para integrar estos nuevos supuestos de incapacidad temporal. La gestión de la cotización a la Seguridad Social y la administración de las ausencias por estas nuevas contingencias será necesaria para asegurar el cumplimiento de la normativa laboral y la correcta gestión de la ausencia del trabajador.

Que hacer y cuando

La entrada en vigor de la norma es inmediata a partir del 21 de octubre de 2026 para la mayoría de sus disposiciones. Sin embargo, existen plazos específicos para otros efectos:

  • Efectos en pensiones por terrorismo: La modificación del parámetro de cálculo (doble SMI) tendrá efectos a partir del 23 de octubre de 2026.
  • Efectos en otras prestaciones: Ciertas modificaciones relacionadas con el cálculo de prestaciones y la aplicación de la Ley 47/2015 tendrán efectos a partir del 1 de diciembre de 2026.
  • Gestión de bajas: Las empresas y trabajadores deben estar atentos a la correcta codificación de las nuevas patologías en los partes de baja para asegurar el acceso a la prestación correspondiente.

Para cualquier duda sobre la aplicación de estas medidas en un caso concreto, especialmente en lo relativo a la gestión de bajas en la empresa o la solicitud de prestaciones, recomendamos valorar la situación con el área especializada de BMC.

Preguntas frecuentes

¿Puedo pedir la baja por menopausia?
Sí, el Real Decreto-ley 31/2026 reconoce el trastorno menopáusico secundario codificado como un nuevo supuesto de incapacidad temporal.
¿Cómo cambia el cálculo de la pensión por terrorismo?
El parámetro de referencia pasa de ser el triple del IPREM a ser el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
¿Pueden ambos padres cobrar la prestación por cuidado de un menor enfermo?
Sí, la nueva norma permite que la prestación por cuidado de menores con cáncer u otras enfermedades graves sea percibida por ambos cuidadores de forma alternativa o simultánea.
¿Qué pasa si el menor no está ingresado en el hospital?
La prestación ahora se puede reconocer si el menor requiere tratamientos médicos de igual intensidad que un ingreso hospitalario.
¿Las parejas de hecho tienen mejoras en la pensión de viudedad?
Sí, se flexibilizan los requisitos de acceso para las parejas de hecho que tengan hijos o hijas en común.
¿Cuándo empiezan a aplicarse los cambios en las pensiones por terrorismo?
Los efectos de la modificación en el cálculo de estas pensiones se aplicarán desde el 23 de octubre de 2026.
Ficha técnica de la norma
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