Ir al contenido

Centros de formación y empresas industriales deben adaptar sus programas a los nuevos estándares

La Orden EFD/1073/2026, de 5 de octubre, ha sido publicada en el BOE con el objetivo de actualizar los estándares de competencias profesionales recogidos en el Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales. Esta disposición afecta a una amplia variedad de familias profesionales, desde el sector agrario y la industria química hasta la edificación, la fabricación mecánica y las artes gráficas, con el fin de garantizar que la cualificación de los trabajadores responda a las exigencias actuales del tejido productivo español.

Que cambia

La norma introduce modificaciones específicas en la redacción de los estándares de competencias para asegurar su precisión técnica y su adecuación a la realidad industrial. Según lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden, se han actualizado diversos estándares de la familia de Artes Gráficas, sustituyendo las redacciones anteriores por nuevas definiciones que se detallan en los anexos de la norma. Entre los cambios más destacados se encuentran la nueva redacción para el estándar de "Elaborar e interpretar bocetos para obra gráfica" (Nivel 2, ECP0687_2) y la actualización de procesos de gestión de color y maquetación en el Nivel 3 (art. 4, puntos 7, 8 y 9).

Asimismo, la orden procede a la actualización de estándares en otras familias profesionales, como Artes y Artesanías (art. 5), siguiendo la lógica de mejora continua que exige el sistema de formación profesional. Estos estándares no son meras descripciones teóricas, sino que constituyen la unidad de referencia para el diseño, desarrollo y actualización de las ofertas de formación profesional, tal como establece el marco normativo de la Ley Orgánica 3/2022.

Contexto

Esta actualización se inserta en el proceso de transformación global del Sistema de Formación Profesional impulsado por la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo. Esta ley busca crear un sistema único e integrado que permita la flexibilidad necesaria para responder a las expectativas de cualificación de las personas y a las demandas de productividad de las empresas.

El marco jurídico se articula a través de varios instrumentos clave que la presente Orden viene a complementar:

  • El Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales: Instrumento que ordena los estándares identificados en el sistema productivo para permitir su reconocimiento y acreditación.
  • El Real Decreto 69/2025, de 4 de febrero: Que desarrolla los elementos de gestión del Sistema Nacional de Formación Profesional y establece que el Catálogo debe actualizarse de manera continua para reflejar la realidad de los servicios y la producción.
  • El Real Decreto 532/2025, de 24 de junio: Que ya había integrado determinadas unidades de competencia en el catálogo, sentando las bases para las actualizaciones específicas que realiza esta nueva Orden.

En esencia, la Orden EFD/1073/2026 es una pieza más en el engranaje de la transición hacia un modelo donde la formación no es estática, sino que evoluciona al ritmo de la tecnología y los nuevos procesos industriales.

A quien afecta y como

La aplicación de esta norma tiene repercusiones directas en distintos perfiles del ecosistema laboral y educativo:

  • Centros de formación profesional: Son los principales afectados, ya que deben utilizar estos estándares como la unidad de referencia para diseñar y actualizar sus programas formativos. La falta de alineación con los estándares actualizados podría invalidar la idoneidad de su oferta académica frente a los requisitos de acreditación oficial.
  • Empresas de sectores industriales (PYMES y grandes empresas): Aquellas empresas que operan en los sectores de Agraria, Química, Edificación, Energía, Textil o Artes Gráficas se ven afectadas en sus procesos de formación interna y, especialmente, en los procesos de acreditación de competencias profesionales de sus trabajadores. La actualización asegura que los criterios de evaluación de la competencia de su personal estén alineados con la normativa nacional.
  • Profesionales autónomos: Los especialistas en sectores técnicos o artesanales (como los incluidos en la familia de Artes y Artesanías) deben tener en cuenta estos estándares si desean participar en procesos de reconocimiento oficial de sus competencias o si buscan certificaciones que avalen su oficio bajo los nuevos parámetros.
  • Particulares y trabajadores: Las personas que deseen iniciar itinerarios formativos o que busquen el reconocimiento de su experiencia previa deben orientar su búsqueda hacia los nuevos estándares para asegurar que la cualificación obtenida sea la que el mercado demanda actualmente, conforme al art. 5 de la LO 3/2022.

Que hacer y cuando

Es importante señalar que la Orden EFD/1073/2026 no impone una sanción económica directa ni un plazo de gracia con fecha de caducidad inmediata para la aplicación de los estándares, pero sí establece una necesidad operativa de adaptación.

Las acciones recomendadas son:

  • Para centros educativos: Realizar una auditoría de sus currículos actuales frente a los nuevos anexos de la Orden para identificar qué estándares de la familia de Artes Gráficas o de otras familias afectadas requieren una reestructuración de contenidos.
  • Para departamentos de Recursos Humanos: Revisar los planes de formación continua y los criterios de evaluación de competencias técnicas para asegurar que los trabajadores están siendo evaluados bajo los estándares actualizados.
  • Para profesionales en proceso de acreditación: Consultar la nueva redacción de los estándares para asegurar que su preparación técnica cubra los nuevos indicadores de calidad en el desempeño exigidos.

Para cualquier duda sobre cómo estas actualizaciones pueden impactar en la estructura de formación de su empresa o en la gestión de sus plantillas, le recomendamos valorar su caso concreto con el área correspondiente de BMC.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un estándar de competencias profesionales?
Es la unidad de referencia que define los conocimientos, habilidades y capacidades necesarias para el ejercicio de una profesión, sirviendo de base para diseñar la formación profesional.
¿Afecta esta norma a todos los sectores industriales?
No, afecta específicamente a las familias profesionales mencionadas en la Orden, como Agraria, Artes Gráficas, Energía, Edificación, Química, Textil, entre otras.
¿Deben las empresas cambiar sus contratos si los estándares cambian?
No, la norma afecta a la definición de las competencias y la formación, no modifica las condiciones laborales ni los contratos de trabajo existentes.
¿Cómo influye esto en la acreditación de competencias de un trabajador?
Los procesos de acreditación se basarán en estos nuevos estándares, por lo que los trabajadores deben demostrar que poseen las competencias según la nueva redacción de la norma.
¿Qué ocurre con los programas de formación ya en curso?
La norma establece la base para la actualización de la oferta, por lo que los centros deberán planificar la integración de estos cambios en sus próximos ciclos formativos.
¿Es obligatorio para los autónomos seguir estos estándares?
No es una obligación legal de ejercicio, pero sí es fundamental si el autónomo desea obtener certificaciones oficiales o reconocimientos de competencias bajo el nuevo sistema.
Ficha tecnica de la norma
Ver la norma en detalle →

Recursos BMC

Aplicarlo a un caso real

Lo que aquí se publica, aplicado a una empresa o a un caso concreto. La primera reunión es gratuita.

Email
Contacto