Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La cesión de capitales propios solo es objeto de declaración en el modelo 720 si se instrumentaliza mediante valores representativos. Si la participación en préstamos no está representada por valores, no existe obligación de informar por dichas cantidades. Los importes no invertidos en préstamos deben declararse como cuentas en el extranjero si superan los límites establecidos.
La posición de la DGT se mantiene constante en la distinción entre valores representativos y participaciones en préstamos sin representación de valores. Las consultas de 2021 y 2026 reiteran que la ausencia de valores impide la declaración de la cesión de capitales, aunque obliga a declarar el efectivo sobrante como cuenta en el extranjero. No se observan cambios de criterio, sino una consolidación de la interpretación sobre plataformas de financiación y préstamos.
Puntos de inflexión
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Clarifica que instrumentos como CFD, futuros y forex no son valores representativos de participación o cesión de capitales, aunque su efectivo deba declararse como cuenta.
Análisis basado en 11 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.