Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La valoración de la donación de una renta vitalicia se determina mediante el método de capitalización del artículo 10.5.f) del TRLITPAJD ante la ausencia de norma específica en la LISD. El impuesto se devenga en el momento del perfeccionamiento del contrato. En el caso de herederos, deben detraer el valor de la carga de la renta vitalicia calculado según su valor real al fallecimiento.
La secuencia no muestra una evolución doctrinal sobre un mismo concepto, sino que aborda criterios de valoración de activos heterogéneos. Se pasa de tratar la valoración de planes de pensiones, ajuar doméstico, inmuebles, servicios de IVA, utility tokens y, finalmente, la valoración de rentas vitalicias en sucesiones y donaciones.
Análisis basado en 7 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 2 de octubre de 2026.