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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre unión temporal de empresas

25 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «unión temporal de empresas», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza alta 23 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

Las UTE son sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades si cumplen los requisitos de la Ley 18/1982. En el IAE, deben darse de alta en las rúbricas que correspondan a las actividades que efectivamente ejerzan, aplicando el grupo 508 sin cuota para actividades de construcción. Respecto al IVA, los servicios de transporte prestados por los miembros a la UTE están sujetos y no exentos.

La posición de la DGT se mantiene estable y dispersa en diferentes materias fiscales. No se observa un cambio doctrinal, sino una aplicación de criterios específicos para cada impuesto: Impuesto sobre Sociedades, IAE e IVA. Las consultas recientes simplemente precisan la aplicación de la normativa en actividades concretas como la construcción o el transporte.

Análisis basado en 23 de 23 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.

25 consultas

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