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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre segunda entrega de edificación

19 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «segunda entrega de edificación», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 17 consultas · 2015–2026

Criterio vigente

Las segundas y ulteriores entregas de edificaciones están exentas de IVA según el artículo 20.Uno.22º de la Ley 37/1992. El sujeto pasivo puede renunciar a esta exención si el adquirente es un sujeto pasivo con derecho a deducción. En caso de renuncia, la operación estará sujeta y se aplicará la inversión del sujeto pasivo.

La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de la exención para segundas entregas de edificaciones. A lo largo de las consultas, se ha reiterado la posibilidad de renunciar a la exención siempre que el adquirente sea un empresario con derecho a deducción. No se observan cambios de criterio, sino una confirmación sistemática de la norma.

Análisis basado en 17 de 17 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.

19 consultas

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