Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las aportaciones a planes de pensiones deben reducirse en la base imponible del ejercicio en que se realizan, respetando los límites legales. El exceso por insuficiencia de base o límite porcentual puede trasladarse a los cinco ejercicios siguientes. En el caso de personas con discapacidad, existe un límite específico de 10.000 euros para aportaciones por parentesco o tutoría, con un tope conjunto de 24.250 euros anuales.
La posición de la DGT se mantiene estable respecto a la mecánica de reducción y traslado de aportaciones no utilizadas por insuficiencia de base. La doctrina ha integrado precisiones sobre la aplicación de límites en la tributación conjunta y ha definido regímenes específicos para aportaciones a favor de personas con discapacidad.
Puntos de inflexión
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Aclara que en la tributación conjunta los límites se aplican individualmente, impidiendo usar excedentes de un cónyuge para reducir la base del otro, salvo que este último tenga rendimientos inferiores a 8.000 euros.
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Establece el límite de 10.000 euros para aportaciones a favor de personas con discapacidad por parentesco o tutoría, con un tope máximo conjunto de 24.250 euros.
Análisis basado en 17 de 17 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.