Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
En las transmisiones de bienes inmuebles dentro de un proceso concursal, se aplica la inversión del sujeto pasivo si el adquirente es empresario o profesional. Esta regla es aplicable tanto en la fase común como en la de liquidación, incluyendo la fase de convenio. Si el adquirente es un consumidor final o particular, el sujeto pasivo es el transmitente, quien debe repercutir la cuota al tipo general.
La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de la inversión del sujeto pasivo para inmuebles en procesos concursales cuando el adquirente es empresario o profesional. Las consultas confirman que esta regla abarca todas las fases del procedimiento, incluyendo el convenio. No se observan cambios doctrinales, sino una reiteración del criterio sobre la condición del adquirente.
Puntos de inflexión
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Se precisa que la regla de inversión se aplica también en la fase de convenio, al considerarla parte del procedimiento concursal.
Análisis basado en 14 de 15 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.