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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre prestaciones de servicios

11 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «prestaciones de servicios», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza media 11 consultas · 2015–2024

Criterio vigente

La obligación de presentar la declaración recapitulativa surge ante la realización de entregas de bienes exentas, adquisiciones intracomunitarias de bienes, prestaciones o adquisiciones intracomunitarias de servicios, o entregas subsiguientes a adquisiciones intracomunitarias de bienes. El vendedor también está obligado en acuerdos de ventas en consigna. En caso de realizar simultáneamente operaciones sujetas y exentas, se debe aplicar la regla de prorrata, sin posibilidad de aplicar la prorrata especial de forma retroactiva.

La posición de la DGT se mantiene estable en la aplicación de reglas técnicas de IVA. Las consultas analizadas no muestran un cambio de doctrina, sino que abordan aspectos distintos como la prorrata, la exención en servicios sanitarios, la facturación en entidades financieras o los deberes informativos en modelos 347, 349 y recapitulativos.

Análisis basado en 11 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 29 de septiembre de 2026.

11 consultas

V2248-19 20 ago 2019

Obligación de declarar en el modelo 347 cuando no es posible usar el modelo 349

SG de Impuestos sobre el Consumo
declaración recapitulativaprestaciones de serviciosnúmero de identificación fiscaloperaciones intracomunitariasdeclaración de operaciones con terceros LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 69RIVA — RD 1624/1992, Reglamento del IVA art. 78
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