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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre parentesco en línea recta

12 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «parentesco en línea recta», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 12 consultas · 2017–2026

Criterio vigente

El mínimo por ascendientes y la deducción por discapacidad exigen un vínculo de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción, excluyendo expresamente a los parientes por afinidad como los suegros. Para los descendientes, el derecho se limita a hijos, nietos, bisnietos y personas asimiladas por tutela o acogimiento. Se mantienen requisitos de convivencia y límites de rentas para los ascendientes.

La posición de la DGT se mantiene constante en toda la secuencia analizada. No se observan cambios en la interpretación de los conceptos de ascendiente y descendiente, manteniendo la exclusión de parientes por afinidad y de hermanos en la línea de descendencia.

Análisis basado en 10 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.

12 consultas

V0825-21 7 abr 2021

No se puede aplicar la deducción por ascendiente discapacitado por la suegra

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
mínimo por ascendientesascendienteparentesco en línea rectaparentesco por afinidaddeducción por discapacidad LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 17.2.aLIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 18
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