Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El mínimo por ascendientes y la deducción por discapacidad exigen un vínculo de parentesco en línea recta por consanguinidad o adopción, excluyendo expresamente a los parientes por afinidad como los suegros. Para los descendientes, el derecho se limita a hijos, nietos, bisnietos y personas asimiladas por tutela o acogimiento. Se mantienen requisitos de convivencia y límites de rentas para los ascendientes.
La posición de la DGT se mantiene constante en toda la secuencia analizada. No se observan cambios en la interpretación de los conceptos de ascendiente y descendiente, manteniendo la exclusión de parientes por afinidad y de hermanos en la línea de descendencia.
Análisis basado en 10 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.