Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las cantidades para compensar desplazamientos de miembros de órganos de gobierno no se consideran dietas según el Reglamento del IRPF. Para que no exista renta, la entidad debe proporcionar directamente el transporte o alojamiento. Si se reembolsan gastos sin acreditar la necesidad estricta del desplazamiento o se abona una cantidad para libre elección de medios, se considera rendimiento del trabajo sujeto a retención.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2014. El criterio establece que la provisión directa de medios por la entidad evita la renta, mientras que el reembolso sin acreditación estricta o la asignación de cuantías para libre elección de medios constituye rendimiento del trabajo. No se observan cambios en la doctrina aplicada.
Puntos de inflexión
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Aclara que los ingresos que los miembros deben reintegrar por exceder límites legales no son renta para el contribuyente, sino que la renta se produce en el Impuesto sobre Sociedades para la entidad.
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Precisa que estas cantidades no tienen la consideración de dietas según el Reglamento del IRPF y establece la aplicación del tipo de retención del 35 por ciento.
Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 1 de octubre de 2026.