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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre operaciones de tracto sucesivo

8 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «operaciones de tracto sucesivo», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 8 consultas · 2020–2026

Criterio vigente

En las operaciones de tracto sucesivo, como el suministro de energía eléctrica, el tipo impositivo aplicable es el vigente en el momento del devengo. El devengo se produce cuando resulta exigible la parte del precio que comprende cada percepción, según los términos del contrato. Este momento de exigibilidad es independiente del periodo en que se haya realizado el consumo o del momento del pago.

La posición de la DGT se mantiene constante en toda la secuencia analizada. El criterio establece que el tipo aplicable depende de la normativa vigente en el momento de la exigibilidad de cada parte del precio, sin importar cuándo se produjo el consumo real. No se observan cambios de doctrina, sino una reiteración del mismo principio de devengo.

Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 2 de octubre de 2026.

8 consultas

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