Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
En las ventas con precio aplazado, la ganancia o pérdida patrimonial se imputa en el momento de la entrega del bien, aunque el contribuyente puede optar por la imputación proporcional según la exigibilidad de los cobros si el plazo supera un año. En transmisiones con precio variable, no se aplica el régimen de operaciones a plazos, sino que se trata de una única operación cuyo precio depende de hechos futuros e inciertos.
La posición de la DGT se mantiene constante en cuanto a la facultad de imputación proporcional de rentas en operaciones a plazos, siempre que el plazo sea superior a un año. No se observan cambios en este criterio a lo largo de las consultas analizadas, manteniendo la opción de imputación según la exigibilidad de los cobros.
Puntos de inflexión
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Aclara que la transmisión con precio variable no constituye una operación a plazos, sino una operación única sujeta a hechos futuros e inciertos.
Análisis basado en 8 de 9 consultas con criterio disponible. Actualizado 29 de septiembre de 2026.