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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre minoración del principal

10 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «minoración del principal», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 10 consultas · 2017–2024

Criterio vigente

La devolución de cantidades por cláusulas suelo e intereses indemnizatorios no se integra en la base imponible del IRPF. Si el importe se ingresa en la cuenta del contribuyente, este debe sumar a la cuota líquida estatal y autonómica las cantidades indebidamente deducidas en ejercicios no prescritos. Para evitar esta regularización, la entidad financiera debe destinar las cantidades directamente a minorar el principal del préstamo.

La posición de la DGT se mantiene constante desde 2017. El criterio establece que la devolución no es renta, pero obliga a regularizar deducciones si el dinero pasa por la cuenta del contribuyente. La única forma de evitar la adición a la cuota líquida es la aplicación directa a la reducción del principal.

Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

10 consultas

V0866-20 15 abr 2020

Las devoluciones por cláusulas suelo no tributan en la base imponible del IRPF

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
cláusula suelobase imponiblededucción por inversión en vivienda habitualcuota líquidaintereses indemnizatorios LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. Disposición adicional cuadragésima quintaRIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 59
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V2042-17 27 jul 2017

La devolución de intereses por cláusulas suelo no tributa en la base imponible del IRPF

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
cláusula suelobase imponiblededucción por inversión en vivienda habitualcuota líquidaintereses indemnizatorios LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. Disposición adicional cuadragésima quintaRIRPF — RD 439/2007, Reglamento del IRPF art. 59
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