Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El informe motivado emitido por el CDTI o el Ministerio de Economía y Competitividad acredita la calificación de la actividad como I+D+i. Para solicitar el abono de las deducciones, el informe debe referirse específicamente a las actividades realizadas sobre las que se solicita dicho abono. El contenido debe acreditar que los gastos o inversiones corresponden a actividades sobre las que los órganos competentes se han pronunciado según el artículo 35.4 de la LIS.
La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la validez del informe del CDTI como cumplimiento del requisito legal. La evolución muestra una transición desde la validación del informe como requisito de calificación hacia la precisión de que el informe debe referirse específicamente a las actividades objeto del abono solicitado. No se observa un cambio de criterio, sino una mayor especificidad técnica en la exigencia del contenido del informe.
Puntos de inflexión
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Establece que la calificación del CDTI es vinculante para la Administración y se aplica a todo el proyecto sin necesidad de calificación anual.
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Precisa que el informe motivado debe referirse específicamente a las actividades realizadas respecto de las que se solicita el abono de las deducciones.
Análisis basado en 9 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.