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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre cooperativa protegida

13 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «cooperativa protegida», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 13 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

Para mantener la condición de cooperativa fiscalmente protegida, la entidad debe cumplir los requisitos de la Ley 4/1999 de la Comunidad de Madrid y no superar el límite de operaciones con terceros no socios del 50%. En el cómputo de trabajadores asalariados, se deben incluir los contratos a tiempo parcial basándose en la jornada contratada respecto a la jornada completa. Los ingresos derivados de la actividad con socios son resultados cooperativos, mientras que los obtenidos con no socios son resultados extracooperativos.

La posición de la DGT se mantiene estable en cuanto a la definición de la condición de cooperativa protegida y el tratamiento de sus resultados. Las consultas más recientes se centran en precisar el cómputo de la plantilla asalariada y la aplicación de impuestos indirectos, sin alterar la estructura base de la protección.

Puntos de inflexión

  1. V2241-24

    Precisa que para el límite de trabajadores asalariados deben computarse los contratos a tiempo parcial según la jornada contratada en relación con la jornada completa.

  2. V2364-24

    Aclara que la condición de cooperativa protegida no exime del pago del impuesto de actos jurídicos documentados en la constitución de hipotecas.

Análisis basado en 12 de 13 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.

13 consultas

V0101-26 20 ene 2026

El uso del Fondo de Educación y Promoción en proyectos de promoción cultural o profesional del entorno no causa la pérdida de la condición de cooperativa protegida

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
fondo de educación y promocióncooperativa protegidaexcedentes cooperativosrégimen fiscal de cooperativaspromoción cultural LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. Disposición Final primeraLRFC Ley 20/1990
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular
V2241-24 18 oct 2024

La contratación de dos asalariados a tiempo parcial no hace perder la condición de cooperativa protegida si la suma de sus jornadas no supera una jornada completa

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
cooperativa de trabajo asociadocooperativa protegidatrabajador asalariadocontrato a tiempo parcialpermanencia efectiva Ley 20/1990 sobre Régimen Fiscal de las CooperativasLIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. disposición final primera
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular

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