Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La unidad familiar para la tributación conjunta está integrada por los cónyuges no separados legalmente y sus hijos menores. Esta opción debe abarcar a la totalidad de los miembros de la unidad familiar y todos deben ser contribuyentes del impuesto. La composición de la unidad se determina según la situación existente a 31 de diciembre.
La posición de la DGT se mantiene constante en el tiempo. Las consultas confirman de forma reiterada la composición de la unidad familiar y la obligatoriedad de que la opción de tributación conjunta incluya a todos sus miembros.
Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 2 de octubre de 2026.