Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Los productos naturales, como frutas, cereales o especias, mantienen su tipo impositivo reducido (actualmente 0% por el RDL 20/2022) si solo han sufrido operaciones simples de manipulación o conservación como limpieza, troceado o desecación. Por otro lado, las obras de reparación y conservación de inmuebles no integran el valor de adquisición, a diferencia de las mejoras que aumentan la capacidad o vida útil.
La posición de la DGT es estable en ambos ámbitos tratados. En productos alimenticios, se mantiene el criterio de que la manipulación simple no altera la condición de producto natural. En materia inmobiliaria, se mantiene la distinción entre gastos de conservación y mejoras para el cálculo del valor de adquisición.
Puntos de inflexión
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Introduce la aplicación del tipo del 0% para productos que antes tributaban al 4%, manteniendo la definición de productos naturales tras operaciones de manipulación o conservación.
Análisis basado en 13 de 13 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.