Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las clases particulares prestadas por personas físicas están exentas de IVA si versan sobre materias de planes de estudio de cualquier nivel o grado del sistema educativo. Asimismo, no debe ser necesario el alta en las tarifas de actividades empresariales del IAE, requisito que se cumple si la actividad se desarrolla como profesional (Sección Segunda). De lo contrario, la prestación tributa al tipo general del 21%.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2015. El criterio establece que la exención requiere la concurrencia de materias de planes de estudio y la naturaleza profesional del prestador (sin alta en tarifas empresariales). No se observan cambios en la interpretación de estos requisitos a lo largo de la secuencia.
Análisis basado en 20 de 23 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.