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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre asiento resumen

10 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «asiento resumen», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 10 consultas · 2016–2023

Criterio vigente

Es posible realizar asientos resumen en el libro registro de facturas expedidas siempre que las facturas tengan la misma fecha de emisión, no sea preceptiva la identificación del destinatario y el devengo ocurra en el mismo mes natural. Para facturas recibidas, se permite un asiento resumen global de facturas de un único proveedor en una misma fecha si el importe total sin IVA no supera los 6.000 euros y cada factura individual no supera los 500 euros sin IVA.

La posición de la DGT se mantiene constante respecto a la posibilidad de realizar asientos resumen en el libro de facturas expedidas bajo condiciones de fecha y devengo. La única variación relevante aparece en el tratamiento de las facturas recibidas, donde se establece un límite cuantitativo específico para la agrupación.

Puntos de inflexión

  1. V1454-19

    Introduce condiciones específicas para el asiento resumen en el libro de facturas recibidas: un único proveedor, importe total inferior a 6.000 euros y facturas individuales de máximo 500 euros sin IVA.

Análisis basado en 9 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

10 consultas

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