Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La existencia de varios pagadores se determina por la personalidad jurídica propia de cada entidad. En el ámbito de la Administración Pública, la Administración General del Estado se considera un único pagador, aunque los rendimientos provengan de distintos ministerios o unidades administrativas. El límite para la obligación de declarar es de 22.000 euros anuales por un único pagador.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2014. El criterio establece que la personalidad jurídica es el factor determinante para distinguir pagadores, considerando a la Administración General del Estado como una sola entidad frente a las Comunidades Autónomas o entidades locales. No se han observado cambios en la interpretación de este concepto.
Análisis basado en 33 de 35 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.