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Las pensiones alimenticias pagadas por decisión judicial reducen la base imponible

El tratamiento fiscal de las cantidades abonadas en concepto de pensiones alimenticias a favor de los ascendientes ha sido objeto de aclaración por parte de la Administración Tributaria. El foco de la cuestión reside en si estos pagos, derivados de una obligación legal, permiten una reducción en la base imponible del contribuyente.

Qué ha resuelto la DGT

La Dirección General de Tributos confirma que las anualidades por alimentos que se satisfagan por decisión judicial a favor de la madre o el padre del contribuyente pueden ser objeto de una reducción en la base imponible general del IRPF. Este derecho se fundamenta en la normativa vigente y en la naturaleza de la obligación establecida por el Código Civil.

Asimismo, la resolución aclara el tratamiento del exceso en caso de que la reducción sea superior a la base imponible general. En ese supuesto, el importe sobrante podrá aplicarse a la base imponible del ahorro, siempre bajo la condición de que ninguna de las dos bases resulte con un valor negativo.

Qué significa para ti

Si usted tiene la obligación legal de abonar una pensión alimenticia a sus progenitores debido a una sentencia judicial, estas cantidades no constituyen un gasto sin más efecto, sino que actúan como un mecanismo de reducción de su carga fiscal. Esto supone una ventaja operativa en la liquidación de su impuesto sobre la renta, ya que disminuye directamente la base sobre la cual se calculan los tipos impositivos.

La posibilidad de trasladar el exceso de la reducción a la base del ahorro ofrece una mayor flexibilidad para optimizar la declaración, evitando que el beneficio fiscal se pierda si la base general es insuficiente para absorber la totalidad del importe pagado.

Qué conviene hacer

Para aplicar este criterio, es indispensable contar con la documentación que acredite la existencia de la obligación judicial. La sentencia que impone el pago de la pensión alimenticia es el documento clave para justificar la deducción ante una eventual inspección. Se recomienda verificar que los pagos realizados coincidan estrictamente con lo dictaminado por el tribunal y mantener los justificantes de transferencia o recibos de pago debidamente organizados para la presentación de la declaración anual.

Preguntas frecuentes

¿Puedo deducir pensiones alimenticias si el acuerdo es voluntario?
No, la reducción requiere que el pago de las anualidades por alimentos se realice por decisión judicial.
¿Qué ocurre si la reducción es mayor que mi base imponible general?
El exceso podrá aplicarse a la base imponible del ahorro, siempre que esta no resulte negativa.
Consulta vinculante oficial V5704-26
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