El Real Decreto 262/2026 modifica el catálogo de cualificaciones profesionales al añadir el Diploma de Lengua de Signos Española (DLSE) como cualificación reconocida, conforme al art. 3 del RD 1085/2020 y al art. 10 del RD 625/2013. Este cambio permite que las empresas con trabajadores con discapacidad incluyan el DLSE en sus registros de formación profesional, facilitando la inclusión laboral. El plazo para adaptar los registros es de tres meses desde la entrada en vigor.
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art. 3 del RD 1085/2020
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Para empresas con trabajadores que usan lengua de signos, se facilita la inclusión de la formación en el sistema de cualificaciones, mejorando la accesibilidad laboral. Los asesores de formación deben actualizar sus documentos y certificados para que incluyan el nuevo diploma. Las administraciones de formación podrán validar la formación con mayor precisión. Los trabajadores con discapacidad obtienen mayor reconocimiento formal en su empleo.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Incluir el DLSE en el catálogo de cualificaciones de formación profesional | art. 3 del RD 1085/2020 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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