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BOE-A-2026-4266 ·24 de febrero de 2026 ·orden Impacto bajo
Fiscal

Productores y operadores de naranja y mandarina: obligación de realizar aportaciones económicas para defensa fitosanitaria e I+D durante 5 años

La Orden APA/121/2026 extiende el acuerdo de la organización interprofesional Intercitrus a todo el sector de la naranja y la mandarina. Esto obliga a todos los productores y operadores del sector, sean socios de la interprofesional o no, a realizar aportaciones económicas para financiar la defensa fitosanitaria, la lucha contra plagas, la I+D y campañas de promoción durante un periodo de cinco años (art. 3 de la Ley 38/1994).

En 3 claves

  1. Aportaciones obligatorias para defensa fitosanitaria, lucha contra plagas, I+D y promoción durante cinco años (art. 3 de la Ley 38/1994)
  2. Entrada en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE (disposición final única)
  3. Los remanentes se devolverán a productores y operadores en proporción a las cantidades aportadas en el último año si no se reinvierten (art. 8.2)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Productores u operadores del sector de la naranja y la mandarina

art. 9 de la Ley 38/1994

Aplica a este perfil

  • Productores u operadores del sector de la naranja y la mandarina

art. 9 de la Ley 38/1994

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Cómo afecta a los implicados

Para los productores y operadores del sector de la naranja y mandarina, la norma supone la obligación de desembolsar cuotas económicas para financiar actividades de interés común, independientemente de su condición de miembros de Intercitrus (art. 9 de la Ley 38/1994). Las asociaciones integrantes de Intercitrus deben colaborar activamente en la implantación y resolución de incidencias entre sus asociados (art. 7.3). En caso de existir remanentes tras los cinco años, estos se destinarán a actividades de la interprofesional o se devolverán proporcionalmente a los aportantes (art. 8).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Realizar las aportaciones económicas obligatorias fijadas por Intercitrus para el sector art. 9 de la Ley 38/1994

Línea de vida

2026-02-24PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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