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El convenio colectivo para granjas avícolas y otros animales se publica y se aplican desde el 1 de enero de 2025 las tablas salariales establecidas en el convenio, conforme a lo previsto en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. Este cambio establece la vigencia de las condiciones salariales en el sector, que se mantienen hasta el 31 de diciembre de 2027 y pueden prorrogarse.
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art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
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Las empresas de granjas avícolas y otros animales deben aplicar las nuevas tablas salariales desde el 1 de enero de 2025. Los trabajadores percibirán salarios ajustados según las nuevas condiciones. Las administraciones y representantes sindicales deben verificar la actualización de los salarios en los registros laborales. Los asesores deben actualizar sus informes sobre condiciones salariales en el sector.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las tablas salariales del convenio desde 1 de enero de 2025 | art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 | Desde 1 de enero de 2025 |
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