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BOE-A-2026-4219 ·23 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Las granjas avícolas y otros animales: desde 1/1/2025 se aplican tablas salariales del convenio colectivo publicado

El convenio colectivo para granjas avícolas y otros animales se publica y se aplican desde el 1 de enero de 2025 las tablas salariales establecidas en el convenio, conforme a lo previsto en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015. Este cambio establece la vigencia de las condiciones salariales en el sector, que se mantienen hasta el 31 de diciembre de 2027 y pueden prorrogarse.

En 2 claves

  1. Se aplican tablas salariales desde 1/1/2025 en granjas avícolas y otros animales (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027, prorrogable (disposición final)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas dedicadas a granjas avícolas o otros animales

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Aplica a este perfil

  • Autónomos con actividad en granjas avícolas o cría de animales

Cómo afecta a los implicados

Las empresas de granjas avícolas y otros animales deben aplicar las nuevas tablas salariales desde el 1 de enero de 2025. Los trabajadores percibirán salarios ajustados según las nuevas condiciones. Las administraciones y representantes sindicales deben verificar la actualización de los salarios en los registros laborales. Los asesores deben actualizar sus informes sobre condiciones salariales en el sector.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las tablas salariales del convenio desde 1 de enero de 2025 art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 Desde 1 de enero de 2025

Línea de vida

2026-02-23PublicacionPublicación en el BOE
2025-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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