El convenio colectivo del Grupo de empresas «Bebidas Naturales» se registra y publica por resolución de la Dirección General de Trabajo. El texto establece que sus efectos se producen a partir del 1 de enero de 2025, conforme a lo previsto en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. La vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027, siendo prorrogable.
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Para las empresas del Grupo Bebidas Naturales, desde el 1 de enero de 2025 se aplican las condiciones laborales establecidas en el nuevo convenio colectivo. Los trabajadores pasan a estar sujetos a las nuevas cláusulas de jornada, salario y condiciones de trabajo. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y orientaciones para reflejar los cambios. Las administraciones públicas deben verificar la conformidad de los registros laborales con el nuevo convenio.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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