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BOE-A-2026-3362 ·13 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del Grupo Bebidas Naturales: 1 de enero de 2025 para aplicar el nuevo convenio colectivo

El convenio colectivo del Grupo de empresas «Bebidas Naturales» se registra y publica por resolución de la Dirección General de Trabajo. El texto establece que sus efectos se producen a partir del 1 de enero de 2025, conforme a lo previsto en el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. La vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027, siendo prorrogable.

En 2 claves

  1. Efectos desde el 1 de enero de 2025 (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
  2. Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027 (disposición final)

A quién afecta

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  • Empresas del Grupo Bebidas Naturales

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  • No aplica directamente a autónomos

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  • Empresas del Grupo Bebidas Naturales

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas del Grupo Bebidas Naturales, desde el 1 de enero de 2025 se aplican las condiciones laborales establecidas en el nuevo convenio colectivo. Los trabajadores pasan a estar sujetos a las nuevas cláusulas de jornada, salario y condiciones de trabajo. Los asesores laborales deben actualizar sus informes y orientaciones para reflejar los cambios. Las administraciones públicas deben verificar la conformidad de los registros laborales con el nuevo convenio.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-02-13PublicacionPublicación en el BOE
2025-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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