La Orden establece las normas básicas para garantizar el funcionamiento de los servicios mínimos esenciales en la Corporación RTVE ante la huelga convocada para el 14 de septiembre de 2026. La medida se fundamenta en la calificación del servicio público de comunicación audiovisual como «servicio esencial de interés económico general» (Ley 13/2022). El Ministerio de Hacienda determina las plantillas mínimas necesarias para asegurar la información de actualidad e inmediatez y la seguridad de las instalaciones.
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Para los trabajadores de RTVE, la huelga queda limitada por la obligación de prestar servicios mínimos en áreas de información, seguridad, medicina, informática y mantenimiento (art. 3). El incumplimiento de estos servicios esenciales será considerado ilegal y conllevará responsabilidad jurídica (art. 5). Para la ciudadanía, se garantiza la continuidad de la información de actualidad y la seguridad de las infraestructuras durante los paros parciales (art. 4).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Garantizar el mantenimiento de los servicios mínimos designados durante la jornada de huelga | art. 3 | 14 de septiembre de 2026 |
| Asegurar la seguridad de personas, instalaciones y material al finalizar la huelga | art. 4 | al finalizar la huelga |
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