El Real Decreto 466/2026 deroga el RD 521/2015 y el RD 388/1998, y modifica múltiples estatutos de organismos públicos estatales, incluyendo artículos clave como el 13, 15, 16 a 19 y el nuevo artículo 18 bis. Se añaden nuevas disposiciones adicionales y se modifican artículos de estatutos aprobados por diversos reales decretos, con el objetivo de alineación con la Ley 40/2015. El cambio afecta directamente a la estructura jurídica de los organismos públicos existentes.
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art. 1
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Las administraciones públicas estatales deben actualizar sus estatutos y disposiciones adicionales dentro de un plazo de 3 meses para cumplir con la nueva normativa. Los organismos afectados deben revisar sus estructuras orgánicas, funciones y procedimientos. Los asesores y técnicos de las administraciones deben adaptar sus procesos internos y documentación. Los trabajadores podrían ver modificadas las condiciones de trabajo según los cambios en los estatutos.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y actualizar estatutos y disposiciones adicionales | art. 1 | 3 meses desde la entrada en vigor |
| Verificar cambios en artículos clave del estatuto | art. 13, 15, 16 a 19 | 3 meses desde la entrada en vigor |
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