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BOE-A-2026-1053 ·17 de enero de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos: 3 meses para aplicar modificaciones en el art. 19 del convenio colectivo

La Resolución de 7 de enero de 2026 publica una modificación al artículo 19 del V Convenio Colectivo General del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos, conforme a lo establecido en el Real Decreto 713/2010 y el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Esta modificación afecta directamente a las empresas que operan en este sector y requiere su aplicación dentro de un plazo de tres meses desde la publicación del acuerdo (art. 19 del convenio publicado por Resolución de 19 de septiembre de 2022).

En 2 claves

  1. Se modifica el artículo 19 del convenio colectivo del sector de servicios en tierra en aeropuertos (art. 19 del convenio publicado por Resolución de 19 de septiembre de 2022)
  2. La modificación se regula conforme al Real Decreto 713/2010 y a los artículos 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto 713/2010, art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)

A quién afecta

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  • Empresas del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos

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  • Autónomos que presten servicios en aeropuertos

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  • Empresas del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas del sector de servicios en tierra en aeropuertos, se debe actualizar su cumplimiento contractual y laboral según el nuevo artículo 19 del convenio. Los trabajadores podrían ver modificadas sus condiciones de trabajo, como jornadas o derechos. Los asesores laborales deben revisar las nuevas condiciones para garantizar el cumplimiento normativo. Las administraciones regionales podrían requerir comprobación de cumplimiento en las nuevas condiciones.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Revisar y aplicar las modificaciones del artículo 19 del convenio colectivo art. 19 del convenio publicado por Resolución de 19 de septiembre de 2022

Línea de vida

2026-01-17PublicacionPublicación en el BOE
2026-01-17Entra en vigorEntrada en vigor (Resolución de 7 de enero de 2026)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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