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Los trabajadores de Carglass, SLU cuentan con nuevas condiciones laborales y salariales

La Dirección General de Trabajo ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 6 de octubre de 2026, mediante la cual se registra y publica el I Convenio colectivo de trabajo de la empresa Carglass, SLU. Este documento, suscrito entre la dirección de la compañía y las federaciones de industria de UGT, CC.OO. y USO, constituye el marco normativo de referencia para las relaciones laborales dentro de la organización, regulando desde la organización del trabajo hasta el régimen retributivo y los beneficios sociales.

Que cambia

El nuevo Convenio colectivo de Carglass, SLU introduce una estructura detallada que modifica la gestión de la jornada, la retribución y la protección social de sus empleados. Los cambios más significativos se agrupan en cuatro ejes fundamentales:

  • Régimen Retributivo Específico: El convenio establece una serie de complementos salariales que no dependían de una norma general, sino de la actividad propia de la empresa. Entre ellos destacan el complemento de antigüedad (art. 31), el complemento por movilidad (art. 32), el complemento por nocturnidad (art. 34) y el complemento por el uso de carretilla elevadora (art. 35).
  • Organización y Clasificación: Se implementa un nuevo sistema de clasificación profesional (art. 13) y se regulan los procesos de promoción profesional (art. 14), lo que permite una mayor previsibilidad en la carrera laboral del trabajador dentro de la compañía.
  • Nuevas Modalidades de Trabajo: Se integran formalmente la regulación del teletrabajo (art. 24) y la política de gestión horaria y desconexión digital (art. 25), adaptando la normativa interna a las exigencias de la digitalización actual.
  • Paquete de Beneficios Sociales: Más allá del salario base, el convenio introduce prestaciones que mejoran la conciliación y el bienestar, tales como la beca escolar (art. 37), la gratificación por nacimiento (art. 38) y la gratificación por matrimonio (art. 39).

Contexto

Este convenio de empresa nace de la necesidad de la compañía de establecer un marco de negociación propio, diferenciado de los convenios sectoriales de referencia (art. 4). Su registro se realiza de conformidad con el artículo 90, apartados 2 y 3, del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (Real Decreto Legislativo 2/2015) y bajo el marco del Real Decreto 713/2010, que regula el registro y depósito de convenios colectivos. Al ser un convenio de empresa, su aplicación prevalece en aquello que sea más beneficioso para el trabajador respecto al convenio sectorial, siempre que no contravenga la normativa legal vigente. Este tipo de acuerdos permiten a empresas de gran envergadura como Carglass, SLU adaptar la normativa laboral general a las necesidades operativas de sus talleres, centros de contacto (Contact Center) y servicios de movilidad.

A quien afecta y como

El impacto de esta resolución es específico y no tiene efectos sobre el mercado laboral general, sino sobre un colectivo determinado:

  • Trabajadores de Carglass, SLU: Es el grupo principal afectado. El convenio se aplica a la totalidad del personal vinculado por relación laboral común (art. 2). Para el personal de taller, se regulan desplazamientos temporales (art. 15); para el personal de oficina o Contact Center, se establecen condiciones específicas de jornada y sábados (art. 22). Los trabajadores ganan seguridad jurídica en sus complementos y acceso a beneficios sociales que antes no estaban garantizados de forma colectiva.
  • Empresa (Carglass, SLU): La dirección de la empresa queda obligada a implementar este nuevo régimen retributivo y organizativo. Esto supone una mayor complejidad en la gestión de nóminas y de recursos humanos, pero ofrece una herramienta de gestión de talento y estabilidad laboral mediante la clasificación profesional y los planes de igualdad (art. 43).
  • Pymes y Autónomos: Esta norma no tiene aplicación para ellos. Al ser un convenio de empresa específico, no establece un precedente obligatorio para otros sectores de la reparación de vehículos o manufactura, salvo que decidan adoptar medidas similares de forma voluntaria.

Que hacer y cuando

Dado que la Resolución de 6 de octubre de 2026 se limita a ordenar la inscripción y publicación del convenio ya suscrito y subsanado, esta norma no exige una actuación inmediata de carácter administrativo por parte de los trabajadores para su entrada en vigor, ya que el acuerdo ya ha sido alcanzado entre las partes. Sin embargo, se recomienda lo siguiente:

  • Para los trabajadores: Es fundamental revisar la nueva estructura de su nómina para verificar la correcta aplicación de los complementos de antigüedad, movilidad o nocturnidad según su puesto y funciones. Asimismo, deben consultar los procedimientos de solicitud de las nuevas becas y gratificaciones (art. 37-39).
  • Para la dirección de recursos humanos: Deben asegurar que la aplicación de la jornada y la desconexión digital se ajusta estrictamente a lo pactado en los artículos 24 y 25 para evitar posibles contingencias legales.

Para cualquier duda sobre la aplicación de este convenio en su situación particular, le recomendamos valorar su caso concreto con el área de derecho laboral de BMC.

Preguntas frecuentes

¿A quién se aplica exactamente este nuevo convenio?
Se aplica exclusivamente a todo el personal que mantenga una relación laboral con la empresa Carglass, SLU, según lo estipulado en el artículo 2.
¿Qué complementos salariales nuevos se han introducido?
El convenio regula complementos específicos por antigüedad (art. 31), movilidad (art. 32), nocturnidad (art. 34) y el uso de carretilla elevadora (art. 35).
¿Existen ayudas para la conciliación familiar?
Sí, el convenio establece beneficios sociales como becas escolares (art. 37), gratificaciones por nacimiento (art. 38) y por matrimonio (art. 39).
¿Se regula el teletrabajo en este convenio?
Sí, el artículo 24 establece la regulación específica para la modalidad de teletrabajo dentro de la empresa.
¿Qué sucede con la desconexión digital?
El artículo 25 establece una política de gestión horaria y desconexión digital para garantizar el derecho de los trabajadores a no ser contactados fuera de su jornada.
¿Este convenio afecta a otros talleres de reparación de coches?
No, es un convenio de empresa específico para Carglass, SLU y no es de aplicación general para el sector.
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