Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La localización de servicios mediante la regla de uso efectivo exige que el servicio se vincule a operaciones sujetas al IVA realizadas por el destinatario en territorio español. En servicios de mediación o publicidad, la sujeción depende de si el destinatario realiza actividades en España o utiliza el servicio para sus operaciones locales. Los servicios relacionados con bienes inmuebles se localizan donde radique el bien, salvo excepciones como reportajes fotográficos.
La posición de la DGT se mantiene constante en la interpretación de la regla de uso efectivo, exigiendo siempre un vínculo con la actividad económica del destinatario en España. A lo largo de las consultas, se ha mantenido la distinción entre servicios de mediación, servicios digitales y servicios relacionados con bienes inmuebles. No se observan cambios de criterio, sino la aplicación de la norma a distintos tipos de servicios.
Análisis basado en 10 de 11 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.