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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre transmisión de negocio

40 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «transmisión de negocio», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 40 consultas · 2014–2025

Criterio vigente

La transmisión de una unidad económica autónoma capaz de desarrollar una actividad por sus propios medios no está sujeta al IVA. No es requisito transmitir la propiedad del local, siendo suficiente su cesión o subarriendo si permite la continuidad de la actividad. La operación requiere una estructura organizativa de factores de producción materiales y humanos.

La posición de la DGT se mantiene constante en la definición de la no sujeción basada en la autonomía de la unidad económica. A lo largo de las consultas, se ha precisado que la estructura organizativa debe incluir factores materiales y humanos, y se ha aclarado que la falta de propiedad sobre el inmueble no impide la aplicación del supuesto si se garantiza la continuidad de la actividad.

Puntos de inflexión

  1. V2818-18

    Establece que para cumplir el supuesto los elementos deben acompañarse de una estructura organizativa de factores de producción materiales y humanos.

  2. V0881-23

    Aclara que no es necesario transmitir la propiedad del local, bastando con su cesión o subarriendo si permite la continuidad de la actividad.

Análisis basado en 39 de 40 consultas con criterio disponible. Actualizado 23 de septiembre de 2026.

40 consultas

V0696-15 3 mar 2015

Las transmisiones de negocio por reestructuración bancaria pueden no tributar en ITP, AJD ni IVA bajo condiciones específicas

SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas
reestructuración bancariatransmisión de negociounidad económica autónomarégimen especial de fusionesno sujeción LIS — Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades art. disposición adicional octavaTRLIS — RDLeg 4/2004 (derogado por la Ley 27/2014) art. capítulo VIII del título VII
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular
V0268-14 4 feb 2014

La transmisión de una unidad económica autónoma no está sujeta al IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
no sujeciónunidad económica autónomapatrimonio empresarialtransmisión de negocioelementos corporales LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 7.1LGT — Ley 58/2003 General Tributaria art. 89.1
Afecta a EmpresaInmigrante · ExpatParticular

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