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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre régimen de depósito

8 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «régimen de depósito», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 8 consultas · 2014–2023

Criterio vigente

En las entregas de productos naturales en régimen de depósito a cooperativas para que estas vendan en nombre propio, el devengo se produce cuando la cooperativa efectúa la venta al tercero adquirente. El tipo impositivo aplicable es el vigente en el momento de dicho devengo. Si la contraprestación no es conocida en el momento del devengo, el sujeto pasivo debe fijarla provisionalmente con criterios fundados.

La posición de la DGT ha pasado de tratar la exención general de bienes destinados a regímenes de depósito (2014) a centrarse en el momento del devengo en operaciones con cooperativas agrarias. Las consultas de 2023 consolidan que el devengo ocurre en la venta final al tercero y precisan el tratamiento de la contraprestación desconocida y los tipos impositivos aplicables según el momento de la venta.

Puntos de inflexión

  1. V1566-20

    Establece que en entregas en régimen de depósito a cooperativas, la entrega se entiende realizada en el momento en que la cooperativa efectúa la venta al tercero adquirente.

  2. V0336-23

    Introduce la obligación de fijar provisionalmente la contraprestación con criterios fundados si el importe no es conocido en el momento del devengo.

Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 2 de octubre de 2026.

8 consultas

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