Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La tributación de servicios prestados a entidades no establecidas en España depende de si su utilización o explotación efectiva se realiza en territorio nacional. En casos de uso parcial, se permite aplicar una proporción basada en los ingresos de las operaciones sujetas en España. La posibilidad de solicitar la devolución del IVA mediante el procedimiento del artículo 119 bis está condicionada al cumplimiento del requisito de reciprocidad de trato.
La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de la utilización o explotación efectiva para determinar la territorialidad. No se observa un cambio doctrinal en la secuencia, sino una aplicación reiterada de criterios sobre la naturaleza de la operación y la exigencia de reciprocidad para la devolución de cuotas.
Análisis basado en 14 de 16 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.