Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para aplicar la deducción por familia numerosa, el contribuyente debe realizar actividad por cuenta propia o ajena con alta en la Seguridad Social o mutualidad, o percibir prestaciones contributivas, asistenciales de desempleo o pensiones. Es preceptivo ostentar el título oficial de familia numerosa según la Ley 40/2003. Si ambos progenitores cumplen los requisitos, la deducción se prorratea por partes iguales.
La posición de la DGT se mantiene constante en el tiempo. Las consultas confirman de forma reiterada los requisitos de actividad laboral, percepción de prestaciones o pensiones, y la necesidad del título oficial para acceder a la deducción. No se observan cambios en la interpretación de los requisitos de actividad o en el método de prorrateo.
Análisis basado en 7 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 2 de octubre de 2026.