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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre plazas concertadas

21 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «plazas concertadas», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 21 consultas · 2014–2023

Criterio vigente

El tipo del 4% se aplica a los servicios de teleasistencia, ayuda a domicilio, centro de día/noche y atención residencial definidos en la Ley 39/2006. Para ello, deben prestarse mediante plazas concertadas o contratos administrativos con precios predeterminados por la Administración. También es aplicable si la prestación económica vinculada cubre más del 75% del precio. Si el servicio es en régimen privado no concertado con precio pactado libremente, el tipo es del 10%.

La posición de la DGT se mantiene constante desde 2014. El criterio exige que los servicios de la Ley 39/2006 se presten mediante plazas concertadas o contratos con tarifas fijadas por la Administración para aplicar el 4%. No se observa variaciones en la interpretación de los requisitos de control de precios o la distinción frente al régimen privado.

Puntos de inflexión

  1. V1721-17

    Confirma que el servicio de comedor subcontratado tributa al 10% independientemente de que los usuarios ocupen plazas concertadas.

Análisis basado en 20 de 21 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.

21 consultas

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