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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre permuta de suelo

13 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «permuta de suelo», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 13 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

La permuta de suelo por obra futura se compone de tres momentos: la entrega del terreno, el pago a cuenta en especie y la entrega de la edificación terminada. El devengo del IVA de la edificación futura se produce en el momento de la entrega del solar, al actuar este como pago a cuenta en especie. La edificación resultante tributa al tipo reducido del 10%, mientras que la entrega del terreno tributa al 21% si el propietario actúa como empresario.

La posición de la DGT se mantiene constante en la estructura de la operación, identificando siempre el pago a cuenta en especie. No se observan cambios doctrinales, sino una reiteración de la naturaleza de la permuta y de los momentos de devengo. La doctrina se ha consolidado en torno a la aplicación del artículo 80 de la Ley 37/1992 para las rectificaciones de la operación.

Análisis basado en 11 de 13 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.

13 consultas

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