Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las entregas gratuitas de bienes y servicios del patrimonio empresarial se consideran operaciones asimiladas a entregas onerosas y están sujetas al impuesto. En el caso de bienes que requieren instalación, la localización depende de dónde se realice dicha instalación, pudiendo no considerarse entrega intracomunitaria si el coste de la misma es relevante. Asimismo, las adquisiciones asimiladas a intracomunitarias deben incluirse en la declaración recapitulativa.
La DGT mantiene una posición constante sobre la naturaleza de las operaciones asimiladas, tratando las entregas gratuitas como operaciones sujetas al impuesto. No se observa un cambio doctrinal, sino una aplicación de criterios específicos para distintos supuestos como el autoconsumo, la localización de instalaciones o las adquisiciones intracomunitarias. La doctrina se mantiene estable en la calificación de estas operaciones.
Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 30 de septiembre de 2026.