Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Las mejoras realizadas por el promotor en una vivienda pendiente de entrega se consideran parte del precio de venta y tributan al 10% de IVA. Si el adquirente contrata las obras directamente con el constructor, se aplica el tipo general del 21%. Para aplicar el tipo reducido de renovación, la construcción debe haber concluido al menos dos años antes de las obras.
La posición de la DGT se mantiene constante en cuanto al tratamiento del IVA en obras de mejora. Se confirma que el tipo reducido del 10% depende de la relación contractual directa entre promotor y contratista. No se observan cambios doctrinales, sino una reiteración de los requisitos para la aplicación del tipo reducido.
Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.