Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La obtención del NIF es un requisito para que entidades sin personalidad jurídica, como grupos políticos municipales o entidades conformadas por proindivisos, puedan realizar sus relaciones tributarias. En el caso de sociedades civiles, la personalidad jurídica fiscal se adquiere al manifestarse ante la Administración mediante escritura pública o documento privado aportado para obtener el NIF. Para ser contribuyente del Impuesto sobre Sociedades, además del NIF, la entidad debe poseer objeto mercantil.
La posición de la DGT se mantiene constante en la función del NIF como mecanismo de manifestación de la personalidad jurídica ante la Administración. Las consultas analizadas no muestran un cambio de criterio, sino que aplican el concepto de obtención de NIF a distintos supuestos: sociedades civiles, grupos políticos y proindisos. La doctrina es estable en que el NIF es el vehículo para que entidades sin personalidad jurídica asuman obligaciones tributarias.
Análisis basado en 8 de 8 consultas con criterio disponible. Actualizado 2 de octubre de 2026.