Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La navegación privada de recreo se define por fines no comerciales y distintos de la prestación de servicios a título oneroso. Las embarcaciones que realizan actividades comerciales, como transporte de pasajeros, buceo profesional o servicios de taxi de buceo, no realizan navegación privada de recreo. En estos casos comerciales, el uso de gasóleo permite la exención del Impuesto sobre Hidrocarburos o la devolución de cuotas, siempre que el combustible incorpore los trazadores reglamentarios. Para la gasolina sin plomo, solo procede la exención, no la devolución de cuotas.
La posición de la DGT se mantiene constante en la distinción entre navegación de recreo y actividad comercial. Las consultas confirman que cualquier servicio a título oneroso excluye la naturaleza de recreo. La única precisión relevante es la aclaración de que la exención de gasolina sin plomo no conlleva devolución de cuotas, a diferencia del gasóleo.
Puntos de inflexión
-
Precisa que para la gasolina sin plomo en actividades comerciales no procede la devolución de cuotas soportadas, limitando este beneficio únicamente al gasóleo.
Análisis basado en 11 de 13 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.