Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
La circulación de productos en régimen suspensivo requiere el amparo de un documento administrativo electrónico. En el caso de los líquidos para cigarrillos electrónicos enviados desde la Península o Baleares hacia Canarias, el expedidor debe presentar un borrador vía EMCS y obtener un ARC para facilitar la identificación del transporte. El uso de este documento es obligatorio para garantizar el control de la circulación de productos sujetos a impuestos especiales.
La posición de la DGT se mantiene constante en la exigencia del documento administrativo electrónico para la circulación en régimen suspensivo. A lo largo de las consultas, se han precisado los supuestos de aplicación, como la distancia en avituallamientos o la documentación específica para la navegación y productos de nueva categoría como los líquidos para cigarrillos electrónicos.
Puntos de inflexión
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Establece que la excepción de no usar documento administrativo electrónico en avituallamientos solo aplica a recorridos de 50 kilómetros o menos.
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Determina que, tras el 1 de julio de 2019, el suministro en navegación debe documentarse con un documento administrativo electrónico o albarán de circulación.
Análisis basado en 8 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.