Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
El destinatario del servicio es quien ostenta la posición de acreedor en la relación jurídica o quien está obligado al pago. En el caso de costas judiciales, la parte ganadora es la destinataria y debe recibir la factura, mientras que el pago de la parte perdedora es una indemnización no sujeta a IVA. En reparaciones de vivienda, el tipo reducido del 10% requiere que el destinatario jurídico y material sea la persona física o comunidad de propietarios.
La posición de la DGT se mantiene constante en la identificación del destinatario como el titular de la relación jurídica. Se observa una aplicación coherente del criterio tanto en servicios profesionales como en reparaciones, donde la distinción entre el pago material y la titularidad del servicio es clave para determinar la aplicación del tipo impositivo o la sujeción al impuesto.
Puntos de inflexión
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Precisa que si la aseguradora sustituye la indemnización por la reparación directa, el destinatario pasa a ser la aseguradora y se aplica el tipo general del 21%.
Análisis basado en 16 de 17 consultas con criterio disponible. Actualizado 25 de septiembre de 2026.