Ir al contenido

Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre derechos de asignación gratuita

10 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «derechos de asignación gratuita», con su criterio vigente y la ley aplicable.

← Observatorio DGT

Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 10 consultas · 2016–2024

Criterio vigente

Los ingresos derivados de programas de scrip dividend tienen naturaleza de dividendo, ya sea que el socio reciba acciones liberadas, enajene los derechos en el mercado o reciba efectivo. La entrega de acciones liberadas no conlleva obtención de renta y mantiene la antigüedad de las originales, repartiendo el coste total entre todos los títulos. Si el socio vende los derechos a la propia sociedad emisora, la compensación recibida es dividendo sujeto a retención.

La posición de la DGT se mantiene constante en la calificación de los ingresos como dividendos y en el tratamiento de las acciones liberadas. Se ha precisado la distinción entre la enajenación de derechos en el mercado, que no conlleva retención, y la venta de derechos a la propia sociedad, que sí está sujeta a retención.

Puntos de inflexión

  1. V2469-20

    Precisa que si la distribución es con cargo a la prima de emisión, el importe se asimila a una reducción de capital, reduciendo el valor fiscal de la participación.

  2. V1245-24

    Clarifica que la venta de derechos a la propia sociedad emisora tiene naturaleza de dividendo y queda sometida a retención, diferenciándola de la enajenación en el mercado.

Análisis basado en 10 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

10 consultas

Aplíquelo a su caso

Evaluación y presupuesto gratis