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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre deducción por descendiente con discapacidad

14 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «deducción por descendiente con discapacidad», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 10 consultas · 2018–2024

Criterio vigente

Para aplicar la deducción por descendiente con discapacidad, los progenitores deben realizar actividad por cuenta propia o ajena con alta en la Seguridad Social o percibir prestaciones de desempleo o pensiones. El descendiente no debe superar los 8.000 euros de rentas anuales ni los 1.800 euros en declaración. En declaraciones individuales, el mínimo por descendiente y por discapacidad se prorratea al 50% entre los cónyuges.

La posición de la DGT se mantiene constante en la aplicación de los requisitos de rentas del descendiente y la actividad laboral del contribuyente. Se han precisado escenarios específicos como la exclusión del Convenio Especial de cuidadores y la gestión de la deducción en casos de fallecimiento o custodia única. No se observa un cambio de criterio, sino una aplicación técnica de la normativa en supuestos particulares.

Puntos de inflexión

  1. V1563-21

    Aclara que el grado I de dependencia no equivale a un grado de discapacidad igual o superior al 33% para efectos de la deducción.

  2. V1645-21

    Establece que la situación asimilada al alta por el Convenio Especial de cuidadores no permite acceder a la deducción por no ser actividad por cuenta propia o ajena.

Análisis basado en 8 de 10 consultas con criterio disponible. Actualizado 28 de septiembre de 2026.

14 consultas

V2370-22 16 nov 2022

Si el progenitor no conviviente opta por anualidades por alimentos, el progenitor conviviente puede aplicar el 100% de los mínimos y la deducción por discapacidad

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
mínimo por descendientesmínimo por discapacidadanualidades por alimentosdeducción por descendiente con discapacidadguarda y custodia LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 58LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 60
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V1645-21 31 may 2021

No se puede aplicar la deducción por descendiente con discapacidad si se cotiza mediante el Convenio Especial de cuidadores

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
deducción por descendiente con discapacidadconvenio especial de la seguridad socialcuidadores no profesionalesactividad por cuenta propia o ajenasituación asimilada al alta LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 58LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 59
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V1818-19 15 jul 2019

Se puede solicitar el abono anticipado de las deducciones por descendiente con discapacidad y familia numerosa percibiendo la prestación por incapacidad temporal

SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas
abono anticipadodeducción por descendiente con discapacidaddeducción por familia numerosaprestación por incapacidad temporalcuota diferencial LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 58LIRPF — Ley 35/2006 del IRPF art. 59
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