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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre bebidas refrescantes

27 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «bebidas refrescantes», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Criterio estable Confianza media 27 consultas · 2014–2026

Criterio vigente

Para aplicar el tipo general del 21%, deben cumplirse simultáneamente dos requisitos: que el producto sea una bebida refrescante según el RD 650/2011 o un zumo según el RD 781/2013, y que contenga azúcares, edulcorantes naturales o aditivos edulcorantes añadidos. Si no se cumplen ambos requisitos, se aplica el tipo reducido del 10%. Los productos que no encajen en las definiciones técnicas de bebidas refrescantes o zumos tributan al 10% independientemente de su contenido.

El análisis automático no pudo anclar los hitos en los criterios disponibles. La posición de la DGT parece consistente en el corpus.

Análisis basado en 27 de 27 consultas con criterio disponible. Actualizado 24 de septiembre de 2026.

27 consultas

V3086-21 10 dic 2021

Los jarabes concentrados tributan al tipo reducido del 10% de IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
tipo reducidobebidas refrescanteszumos de frutasjarabes concentradosazúcares añadidos LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 90.1LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 91.Uno.1.1º
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V2413-21 16 sept 2021

Los granizados y helados tributan al tipo reducido del 10% del IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
tipo reducidobebidas refrescanteszumos de frutasedulcorantes añadidosnormativa técnico-sanitaria LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 90LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 91.Uno.1.1º
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V2167-21 29 jul 2021

La horchata de chufa tributa al tipo reducido del 10% del IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
tipo reducidobebidas refrescanteszumos de frutasedulcoranteshorchata de chufa LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 90LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 91.Uno.1.1º
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V1839-21 10 jun 2021

La horchata de chufa tributa al tipo reducido del 10% de IVA

SG de Impuestos sobre el Consumo
tipo reducidobebidas refrescanteszumos de frutasedulcorantesazúcares añadidos LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 90LIVA — Ley 37/1992 del IVA art. 91.Uno.1.1º
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