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Doctrina por tema · Observatorio DGT

Consultas sobre agente de aduanas

13 consultas vinculantes de la DGT relacionadas con «agente de aduanas», con su criterio vigente y la ley aplicable.

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Evolución del criterio de la DGT

Doctrina consolidada Confianza alta 12 consultas · 2015–2022

Criterio vigente

Los servicios de transporte con ocasión de exportaciones están exentos de IVA cuando el destinatario es el exportador, el adquirente o intermediarios (transitarios, consignatarios o agentes de aduana) que actúen por cuenta del exportador o del adquirente. La exención no se aplica si el intermediario actúa en nombre propio o si actúa en nombre propio por cuenta de otro intermediario que también actúa en nombre propio.

La posición de la DGT se mantiene constante en cuanto a la aplicación de la exención del IVA en servicios de transporte para exportación. Las consultas confirman de forma reiterada que la exención depende de que el agente de aduanas o intermediario actúe por cuenta del exportador o adquirente y no en nombre propio.

Puntos de inflexión

  1. V1188-16

    Se establece la derogación de la disposición que permitía el reembolso del IVA en importaciones mediante agentes de aduanas que actuaran en nombre propio y por cuenta de los importadores.

Análisis basado en 12 de 12 consultas con criterio disponible. Actualizado 27 de septiembre de 2026.

13 consultas

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