Evolución del criterio de la DGT
Criterio vigente
Para deducir las retribuciones de cónyuges o hijos menores en estimación directa, es necesario acreditar contrato laboral y afiliación al Régimen General o regímenes especiales de asalariados. La afiliación al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos no es válida para este fin. Las cuantías deben ajustarse a precios de mercado según la cualificación y el trabajo realizado. Si la Seguridad Social incluye al familiar en el régimen de autónomos pese a existir dependencia laboral, la deducción es posible si se prueba dicha dependencia.
La posición de la DGT se mantiene constante desde 2016. El criterio exige la afiliación como asalariado y prohíbe la de autónomo, permitiendo una excepción únicamente si se acredita la dependencia laboral cuando la Seguridad Social no admite la afiliación al régimen general.
Análisis basado en 16 de 16 consultas con criterio disponible. Actualizado 26 de septiembre de 2026.